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Sentencia 4/2015 de 13 de enero de 2015, de la Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid

Se estima la demanda de designación de árbitro con base en un convenio arbitral que establecía la posibilidad de que se resolviera la controversia por un tribunal arbitral compuestos por dos árbitros y se designaba como entidad nominadora a la CCI. El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid entiende que, pese a la nulidad radical de parte del convenio, existe una clara voluntad de someterse a arbitraje, por lo que esa nulidad no invalida todo el convenio.

El TSJ resuelve que, pese a que la designación de un número de par de árbitros resulta radicalmente nula en sí misma, ésta no vicia la voluntad de las partes de someterse a arbitraje.

Por tanto, salvando esa voluntad de someterse a arbitraje, se ha de actuar como si la parte de la cláusula relativa al número de árbitros no existiese y al no haberse dispuesto el número de árbitros, en aplicación del artículo 12 de la Ley de Arbitraje, debe nombrarse un árbitro único, tal y como pedía la demandante.

A juicio del TSJ, a lo anterior no cabe objetar la aplicación del principio de kompetenz kompetenz dispuesto en el artículo 22.1 de la Ley de Arbitraje puesto que “existe una regla de aplicación supletoria que justifica la formalización judicial [que ratifica la exposición de motivos de la Ley de Arbitraje que aclara] que las facultades que se atribuyen a los árbitros para decidir sobre su propia competencia o sobre cuestiones que puedan obstar a un pronunciamiento de fondo (no comprenden) las relativas a las personas de los árbitros, que tienen su tratamiento propio”.

Por tanto, el TSJ pide al Secretario General de la Corte de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional (CCI) –designado como autoridad nominadora en el convenio arbitral- que, previa audiencia a las partes, remita al Alto Tribunal una terna de árbitros para su posterior nombramiento entre ellos por sorteo en presencia de las partes, de conformidad con el artículo 15.5 de la Ley de Arbitraje.

Sentencia disponible en:

http://www.poderjudicial.es/search/doAction?action=contentpdf&databasematch=AN&reference=7286975&links=arbitraje&optimize=20150212&publicinterface=true

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