por [email protected] | Jun 8, 2021
Salvo acuerdo contrario de las partes, las partes, la Corte y los árbitros están obligados a guardar confidencialidad sobre el arbitraje y el laudo.Los árbitros podrán ordenar las medidas que estimen convenientes para proteger secretos comerciales o industriales o...
por [email protected] | Jun 8, 2021
1. La Corte fijará los honorarios de los árbitros con arreglo al apartado B (Honorarios de los Árbitros) del Anexo al Reglamento (Costas del Arbitraje), teniendo en cuenta el tiempo dedicado por los árbitros y cualesquiera otras circunstancias relevantes, en...
por [email protected] | Jun 8, 2021
Las costas del arbitraje se fijarán en el laudo final, y comprenderán: a) los derechos de admisión y administración de la Corte, con arreglo a los apartados A (Derechos de Admisión) y C (Derechos de Administración) del Anexo al Reglamento (Costas del Arbitraje) y, en...
por [email protected] | Jun 8, 2021
Corresponderá a la Corte la custodia y conservación del expediente arbitral, una vez dictado el laudo.Transcurrido un año desde la emisión del laudo, y previo aviso a las partes o a sus representantes para que en el plazo de quince días puedan solicitar el desglose y...
por [email protected] | Jun 8, 2021
El procedimiento arbitral podrá también terminar: a) Por desistimiento de la demandante, a menos que la demandada se oponga a ello y los árbitros le reconozcan un interés legítimo en obtener una resolución definitiva del litigio.b) Cuando las partes así lo dispongan...