por [email protected] | Jun 8, 2021
Los árbitros declararán el cierre de la instrucción cuando consideren que las partes han tenido oportunidad suficiente para hacer valer sus derechos. Después de esa fecha no podrá presentarse ningún escrito, alegación o prueba, salvo que los árbitros, en razón de...
por [email protected] | Jun 8, 2021
1. Con anterioridad de la constitución del tribunal arbitral cualquiera de las partes podrá solicitar el nombramiento de un Árbitro de Emergencia para que acuerde medidas cautelares o de anticipación o aseguramiento de prueba urgentes (“Medidas Urgentes”). El...
por [email protected] | Jun 8, 2021
Salvo acuerdo en contrario de las partes, los árbitros podrán, a instancia de cualquiera de ellas, adoptar las medidas cautelares o provisionales que estimen necesarias, ponderando las circunstancias del caso y, en particular, la apariencia de buen derecho, el riesgo...
por [email protected] | Jun 8, 2021
Si la demandante no presentara la demanda en plazo sin invocar causa suficiente, se darán por concluidas las actuaciones.Si la demandada no presentara la contestación en plazo sin invocar causa suficiente, se ordenará la prosecución de las actuaciones.Si una de las...
por [email protected] | Jun 8, 2021
1. Los árbitros estarán facultados para decidir sobre su propia competencia, incluso sobre las excepciones relativas a la existencia o validez del convenio arbitral o cualesquiera otras cuya estimación impida entrar en el fondo de la controversia. Dentro de esta...