por [email protected] | Jun 8, 2021
Los árbitros dictarán, previa consulta con las partes, y dentro de los treinta días siguientes a la aceptación del último de ellos, una orden procesal en la que se fijarán, como mínimo, las cuestiones siguientes: a) El nombre completo de los árbitros y las partes, y...
por [email protected] | Jun 8, 2021
Si una parte, conociendo la infracción de alguna norma de este Reglamento o de la Ley de Arbitraje, siguiera adelante con el arbitraje sin denunciar prontamente dicha infracción, se considerará que renuncia a su impugnación.
por [email protected] | Jun 8, 2021
Los árbitros resolverán con arreglo a las normas jurídicas que las partes hayan elegido, o, en su defecto, con arreglo a las normas jurídicas que consideren apropiadas.Los árbitros sólo resolverán en equidad, esto es, ex aequo et bono o como amigables componedores, si...
por [email protected] | Jun 8, 2021
1. Con sujeción a lo dispuesto en el presente Reglamento, los árbitros podrán dirigir el arbitraje del modo que consideren apropiado, observando siempre el principio de igualdad de las partes y dando a cada una de ellas suficiente oportunidad de hacer valer sus...
por [email protected] | Jun 8, 2021
Las partes podrán comparecer representadas o asesoradas por personas de su elección. A tal efecto, bastará con que la parte comunique en el escrito correspondiente el nombre de los representantes o asesores, sus datos de contacto y la capacidad en la que actúan. En...